¿Cuántos vehículos desea consultar?
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Aclaraciones
a) ¿Cuándo debe pagarse el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos?
Del 1 de enero al 31 de julio de cada año. Luego de ese plazo corresponde multa por omisión, intereses y mora.
b) ¿Para qué sirve esta consulta?
Para imprimir la calcomanía electrónica cuando esté pagada y verificar infracciones de tránsito.
c) ¿Cómo se paga el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos?
Llene el Formulario
Declaraguate
SAT-4091 Vehículos Circulación, genere la Boleta SAT-2000 y páguela en un banco.
d) ¿Cómo imprimir la calcomanía electrónica?
Seleccione el link
"Imprimir Calcomanía"
el cual abrirá un PDF que contiene la calcomanía para imprimir, si desea imprimir "Dos o más" seleccione el link
"Imprimir hasta 100 calcomanías (4 por página)".
e) ¿Se debe pagar el boleto de ornato y las infracciones de tránsito?
Sí, señor contribuyente. Para poder imprimir su calcomanía debe estar solvente de las infracciones de tránsito. Si su vehículo tiene infracciones de tránsito aparecerá el link
"Ver infracciones de tránsito".
f) ¿Dónde debo portar la calcomanía?
Guárdela en el interior del vehículo o pórtela al conducir. Las autoridades competentes podrán solicitarla. No es necesario pegarla en el parabrisas ni en la placa.
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Aclaraciones
a) ¿Cuándo debe pagarse el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos?
Del 1 de enero al 31 de julio de cada año. Luego de ese plazo corresponde multa por omisión, intereses y mora.
b) ¿Para qué sirve esta consulta?
Para imprimir la calcomanía electrónica cuando esté pagada y verificar infracciones de tránsito.
c) ¿Cómo se paga el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos?
Llene el Formulario
Declaraguate
SAT-4091 Vehículos Circulación, genere la Boleta SAT-2000 y páguela en un banco.
d) ¿Cómo imprimir la calcomanía electrónica?
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"Imprimir Calcomanía"
el cual abrirá un PDF que contiene la calcomanía para imprimir, si desea imprimir "Dos o más" seleccione el link
"Imprimir hasta 100 calcomanías (4 por página)".
e) ¿Se debe pagar el boleto de ornato y las infracciones de tránsito?
Sí, señor contribuyente. Para poder imprimir su calcomanía debe estar solvente de las infracciones de tránsito. Si su vehículo tiene infracciones de tránsito aparecerá el link
"Ver infracciones de tránsito".
g) ¿Dónde debo portar la calcomanía?
Guárdela en el interior del vehículo o pórtela al conducir. Las autoridades competentes podrán solicitarla. No es necesario pegarla en el parabrisas ni en la placa.
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Infracciones de tránsito
La información que se detalla en este cuadro proviene de los registros de cada entidad de tránsito descrita.
Aclaraciones
a) ¿Las multas tienen rebajas?
Sí realiza el pago dentro de los 5 días hábiles a la fecha de la multa tiene una rebaja del veinticinco por ciento, a partir del sexto día hábil el monto de la multa tendrá interés por mora calculados al veinte por ciento anual.
Acuerdo Gubernativo 273-98 Reglamento de Tránsito
Artículo 189. Descuentos e Intereses.
b) ¿En cuánto tiempo aparece grabado el pago de la multa?
El pago podrá aparecer inmediatamente o tardará un máximo de 24 horas.
Entidad
Serie
No. boleta
Dirección de la Infracción
Fecha y Hora
Monto
Total Columna
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Consulta realizada
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