¿Cuántos vehículos desea consultar?
(Elija el prefijo, escriba el número de la placa actual e ingrese el NIT)
(Deberá ingresar el VIN)
(Elija el prefijo, ingrese la placa
de cualquiera de ellos, el número de tarjeta de circulación y el NIT)
Uno
Uno
Dos o más
Placa:
P0
00
A0
C0
CC
CD
DIS
M0
MI
O0
TC
TE
TRC
U0
NIT del propietario:
Por favor escriba los caracteres
que ve en la imagen
Puede escribir mayúsculas o minúsculas
Aclaraciones
a) ¿Cuándo debe pagarse el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos?
Del 1 de Enero al 31 de Julio de cada año. Luego de ese plazo corresponde multa por omisión
e intereses.
b) ¿Para qué sirve esta consulta?
Para consultar el monto a pagar del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres.
c) ¿Cómo se paga el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres?
Llene el Formulario
Declaraguate
SAT-4091 Vehículos Circulación, genere la Boleta SAT-2000
y páguela en un banco.
d) ¿Se debe pagar antes las multas de tránsito?
Sí, señor contribuyente antes de realizar el pago del Impuesto de Circulación de Vehículos Terrestres, debe
estar solvente de las multas por infracciones en materia de tránsito.
Verificar solvencia de multas de tránsito
e) ¿Dónde debo portar la calcomanía?
Imprímala y pórtela al conducir su vehículo. Las autoridades competentes podrán
solicitarla. No es necesario pegarla en el parabrisas ni en la placa.
Regresar
Aclaraciones
a) ¿Cuándo debe pagarse el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos?
Del 1 de Enero al 31 de Julio de cada año. Luego de ese plazo corresponde multa
por omisión e intereses.
b) ¿Para qué sirve esta consulta?
Para consultar el monto a pagar del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres.
c) ¿Cómo se paga el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres?
Llene el Formulario
Declaraguate
SAT-4091 Vehículos Circulación, genere la Boleta
SAT-2000 y páguela en un banco.
d) ¿Se debe pagar antes las multas de tránsito?
Sí, señor contribuyente antes de realizar el pago del Impuesto de Circulación de
Vehículos Terrestres, debe estar solvente de las multas por infracciones en materia de tránsito.
Verificar solvencia de multas
de tránsito
e) ¿Dónde debo portar la calcomanía?
Imprímala y pórtela al conducir su vehículo. Las
autoridades competentes podrán solicitarla. No es necesario pegarla en el
parabrisas ni en la placa.
Procesando...
Por favor espere
Procesando PDF...
Por favor espere se descargue
Regresar
Multas de tránsito
La información que se detalla en este cuadro proviene de los registros de cada entidad de tránsito descrita.
Aclaraciones
a) ¿Las multas tienen rebajas?
Sí realiza el pago dentro de los 5 días hábiles a la fecha de la multa tiene una rebaja del veinticinco por ciento, a partir del sexto día hábil el monto de la multa tendrá interés por mora calculados al veinte por ciento anual.
Acuerdo Gubernativo 273-98 Reglamento de Tránsito
Artículo 189. Descuentos e Intereses.
b) ¿En cuánto tiempo aparece grabado el pago de la multa?
El pago podrá aparecer inmediatamente o tardará un máximo de 24 horas.
Entidad
Serie
No. boleta
Dirección de la multa
Fecha y Hora
Monto
Total Columna
Imprimir
Regresar
Consulta realizada
1/1
ww.sat.gob.gt